ENTROPIKA BAKERY, SL se encuentra comprometida con el Derecho de la Unión Europea y, en este sentido, dispone de un Canal Interno, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, como vía de comunicación segura para todas las personas informantes en relación con acciones u omisiones a que se refiere el artículo 2 de esta ley.
El artículo 2 de la Ley enumera las acciones y omisiones que pueden constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y que son entre otras: Las que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, las que incidan en el mercado interior, y incidan en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social, etcétera.
Las personas que lo consideren oportuno podrán realizar sus comunicaciones, en este canal interno, por escrito o de forma verbal. Las comunicaciones escritas tendrán que canalizarse por el canal de comunicación que se ofrece en esta página web: inf@epk.es y aquellas que quieran realizarse de manera verbal, se deberá, previamente, tomar cita previa para reunión presencial.
Se podrán realizar las comunicaciones de forma anónima o mediante identificación. En ambos casos, se tendrán que cumplir todos los requisitos mínimos establecidos en la ley para el registro de denuncias en los canales internos.
Una vez presentada la denuncia, le será generado un acuse de recibo con un código de identificación personal, con el que podrá consultar siempre que lo desee el estado del trámite de la denuncia y hacer un seguimiento de la comunicación.
Durante el trámite de la denuncia podrá realizarse audiencia a la persona denunciante o a las afectadas.
Una vez practicadas las diligencias necesarias le será proporcionada respuesta a su comunicación, bien sea mediante el archivo de las actuaciones, la derivación a otro canal de comunicación o la resolución de las diligencias practicadas.
Durante todo el proceso se realizarán las advertencias relativas a la protección de datos personales y confidencialidad de la persona informante, y se tendrá derecho a solicitar información al responsable sobre esta materia.
Solo accederán a las comunicaciones presentadas en el canal interno aquellas personas expresamente autorizadas en aplicación de la normativa en vigor, estando sometidas todas ellas a los deberes de confidencialidad establecido por la normativa de protección de datos.
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Este Canal de Denuncias en ningún caso constituye un buzón destinado a comunicar quejas o sugerencias de los trabajadores, clientes o proveedores de la empresa que, a tal efecto, disponen de otro canal expresamente establecido con cuyo objeto.
Aquí podéis descargar el Reglamento de ENTROPIKA BAKERY, SL